El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco rechaza el recursodel Estado contra la norma aprobada por unanimidad

Los jueces han avalado la ordenanza reguladora para la instalación de locales de autoabastecimiento de cannabis, vigente en Donostia después de que fuera aprobada de modo unánime por el Pleno en octubre de 2014. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha rechazado el recurso interpuesto por el Estado en contra de esta normativa, ya que no vulnera las competencias estatales, según el fallo judicial.

El alcalde Donostia, Eneko Goia, dio a conocer ayer la sentencia y mostró su satisfacción por el hecho de que, en esta ocasión, los tribunales han dado la razón al municipio. En los últimos tiempos, por el contrario, los jueces han anulado distintas normativas como la de instalación de antenas de telefonía o la de consultas ciudadanas, esta última aprobada también por unanimidad, después de que el Estado presentase recursos en contra. En esta ocasión, sin embargo, no ha sido así y Goia consideró que la sentencia “refuerza la autonomía municipal”.

En concreto, el fallo de TSPV, contra el que puede presentarse un recurso de casación, estima que la norma aprobada por el Consistorio donostiarra -que fue pionera en su momento y modelo para otros ayuntamientos como el de Barcelona- es correcta porque regula la exigencia de una licencia de apertura para los locales destinados a club social de cannabis, pero no regula ni legaliza los clubes, ni la comercialización, importación o distribución de la sustancia. El reglamento se limita a regular la ubicación de los clubes y las condiciones que deben cumplir los locales.

El TSJPV recalca en su sentencia que la ordenanza se ciñe a las “competencias municipales en materia de urbanismo y medio ambiente urbano”. En concreto, la normativa aprobada por el Ayuntamiento asimila los clubes de cannabis a los de uso recreativo terciario y establece criterios de emplazamiento y distancias, así como los horarios, entre otras condiciones.

Por ejemplo, la ordenanza permite a estos locales su apertura entre las 8.00 y las 22.00 horas, con el fin de evitar molestias a los vecinos, y prohíbe la colocación de terrazas en el exterior así como de publicidad para promocionarse. Está prohibido también que los menores accedan a los locales y que se venda cannabis. En principio, los locales de autoabastecimiento están exclusivamente destinados a socios.

Además, estos locales no pueden abrirse a menos de 300 metros de centros educativos o de salud y tiene que haber al menos 500 metros entre ellos para evitar su concentración. La ordenanza también contempla sanciones, que van desde los 750 euros en el caso de las infracciones leves hasta las 1.500 en el caso de las graves. El Ayuntamiento prevé también la posibilidad de retirar las licencias a quienes repitan las infracciones.

La sentencia califica de “inadmisible” la impugnación del Estado por los motivos en los que se fundamenta y añade que se basa en “premisas erróneas”, además de condenar al Estado al pago de las costas del proceso.

Por otra parte, el alcalde, Eneko Goia, reiteró ayer su intención de crear un reglamento de consultas populares con el que poder preguntar a los ciudadanos sobre si desean que haya o no festejos taurinos en espacios municipales. La fórmula para la consulta dependerá de si el Estado recurre o no la Ley Municipal Vasca, como está previsto.

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