CONSULTA:

Hola, buenas tardes:

 

Me han proporcionado vuestro email para comentaros mi caso a ver si me podían asesorar.

 

Me han incautado 3 plantas de marihuana y me lo han puesto como tráfico de drogas. La cantidad han sido 400 gramos de marihuana según han mandado en el informe.

 

En un grow al que voy me han comentado que mirase la jurisprudencia del año 92 en Sevilla, pero no encuentro nada.

 

Me han puesto como pena 2 años y 4000 euros. Me hicieron los análisis de pelo y dio negativo pero si que fumo habitualmente, al menos 1 o 2 porros al día. Lo que he pensado yo es que he tenido un accidente de trafico el 6 de agosto de 2011 y las pruebas me las hicieron en noviembre y evidentemente esos meses que he estado con problemas y con medicamentos no he fumado apenas y por eso pienso que me han fallado los resultados. El pelo me le raparon porque me tuvieron que coger 10 grapas en la cabeza asique el pelo se habrá regenerado y por eso creo que me habrán dado negativas las pruebas. Con lo cual me lo han puesto como tráfico. ¿Me podrían asesorar un poco acerca del tema o algo que pueda hacer? Se lo agradecería muchísimo. Mi abogado es el de oficio y no tengo tampoco dinero para pagar uno bueno y este abogado de oficio la verdad….no sabe por donde se anda creo yo…. No digo que no entienda pero referente a estos casos yo creo que no tiene muchos conocimientos.

 

Muchas gracias de antemano y disculpen las molestias.
Un cordial saludo.

 

 

RESPUESTA:

 

Hola Adrian, antes del juicio hay mucho que hacer y en todos esos pasos procesales, lo importante es probar que las sustancias no eran para distribuirlas a terceros, y que eran para autoconsumo. En el supuesto caso de que se te condenare y la condena fuere de menos de 2 años de cárcel, se puede suspender en el caso de no tener antecedentes y cuando es superior pero menos de 5 años, también se puede suspender por ser adicto, pero es conveniente tener en cuenta que la suspensión se condiciona al tratamiento de deshabituación.

Para este tipo de sustancias, marihuana, la pena va de uno a tres años de prisión, y multa del tanto al duplo del valor de la droga, siendo que con la acreditación de ser consumidor, podríamos obtener una atenuante analógica por drogadicción y rebajar la pena en un grado, con lo que estaríamos hablando de una pena de seis meses de prisión.

Lo importante aquí es que en principio la cantidad que te intervienen no es muy elevada, (3 plantas), por lo que sería, a falta de otros datos, perfectamente deducible tipificar dentro de los parámetros del autoconsumo, que como sabemos y al igual que el consumo compartido, son impunes en nuestro ordenamiento jurídico, si a todo ello se pudiere agregar (cosa que desconocemos), que estuvieres trabajando, lo cual sería un indicio muy favorable ya que con ello acreditas un medio de vida lícito; y si además durante la incautación de las plantas no se hubiere aprehendido ningún medio de los que hicieren presumir inequívocamente que la sustancia incautada fuere a ser destinada a la venta a terceras personas, como grandes cantidades de marihuana (que evidentemente no es el caso), bolsas herméticas, balanzas de precisión, anotaciones de personas y contabilidad, dinero fraccionado en cantidades inusuales, merodeo de gente, etc; podría derivar muy favorable para solicitar el archivo de las actuaciones, no obstante, el juez puede entender a priori que pudieren haber otros indicios de la comisión de un delito, por lo que podría imputarte un delito contra la salud pública. Por lo que, en todo caso, te recomendamos, te pongáis en contacto con algún abogado penalista con suficiente experiencia en la materia.

 

Sin más, recibe nuestro más atento saludo, deseándote, además, la mejor de las suertes.

 

Garzón Marley,

Abogado

Acerca del autor

Muchos años luchando en la sombra para que el cannabis florezca al sol.