El titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona ha absuelto a un acusado de un delito contra la salud pública al no quedar acreditado que la marihuana que cultivaba en un paraje de Puente la Reina fuera para su venta

El 12 de septiembre de 2011, se relata en la sentencia, agentes de la Guardia Civil se incautaron de cuatro plantas de cannabis, mezcladas con otros cultivos, en un terreno que no estaba vallado ni tenía cerramiento alguno.

Las plantas de cannabis, una vez secadas y preparadas para su análisis, pesaron 1,98 kilos con una riqueza media del 3,6 %, que hubieran alcanzado un precio de unos 2.015 euros.

En la sentencia se avala la postura de la defensa en el sentido de que no se practicó prueba de cargo suficiente como para acreditar que existiera un delito de tráfico de drogas, ya que el acusado argumentó que las plantas eran para su propio consumo.

Aunque se pueda albergar “cierta sospecha” sobre el destino que el acusado pretendía dar a la droga, se indica en la sentencia, el hecho de que las plantas estuvieran junto a otras de pimientos y en un terreno no cercado ni tapiado hace que no se pueda acreditar que tuvieran otra finalidad que no fuera el autoconsumo.

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