Pregunta: Saludos, mi historia es que he empezado un cultivo de exterior de 10 plantas para mi autoconsumo y tengo algo de nerviosismo y miedo de que me las vean los helicópteros de la policía que vuelan por encima de los edificios en busca de cultivos de cannabis. Mi pregunta es: ¿si me pillaran con el cultivo de 10 plantas de exterior, suponiendo que cada planta mida 1,5 metros de altura que me podrían hacer?

Porque por mucho que yo diga que es para mi autoconsumo a ellos seguro que les importa un carajo, ellos siempre pensaran que soy traficante o que mi intención es enriquecerme através de la venta ilegal del cannabis. Y otra pregunta: me ha comentado un amigo especializado que el cultivo de cannabis es legal, al igual que el cultivo destinado para el autoconsumo y sólo este. La acción ilegal seria el narcotráfico, porque te estarías enriqueciendo através del cannabis.

Entonces mi amigo me ha dicho lo que esta haciendo él y podría hacer yo, que es ir al Ministerio de Sanidad y pedir una especie de autorización diciéndoles que soy consumidor de cannabis y que pido permiso para montarme mi cultivo, de 10 plantas o las que sean, en mi casa para mi propio consumo anual. Entonces pides que te fotocopien un papel que demuestre que tú eres consumidor y que tienes tantas plantas de marihuana cultivándose en tu propiedad. Así, si vienen los agentes de la policía o la guardia civil al domicilio se les podría enseñar el papel con el sello o firma de el Ministerio de Sanidad y que no te pasaría nada. ¿Qué piensas del tema? ¿Crees que se puede hacer? ¿Qué opinas?… Eso es todo, espero recibir respuesta a todas las preguntas y gracias por todo.

Respuesta: Eso que comenta tu amigo, acerca de que el cultivo de cannabis es “legal”, es una afirmación que ha de manifestarse con cautelas y precisiones, pues puede inducir al error en los interlocutores, pues todo el mundo no sabe argumentar algo así; generando una cadena de mensajes erróneos, que conforme, más se extienden, más imprecisiones generan; y cuanto más se aleja de la realidad jurídica, menos credibilidad tiene. Seguro que tu amigo habla por lo que oyó de otro persona, o por algo leído, o en el peor de los casos -una interpretación extensiva- de algo que hemos escrito aquí anteriormente, pues hemos defendido esa postura en algunos artículos, y por nuestra experiencia profesional, somos fervientes creyentes de que se pudiera dar esa posibilidad: determinados supuestos, que no se persiguen; y en otros que si se persiguen, pero que no acaban castigándose.

Ello no quiere decir que, algo que no se castiga, ya es legal, pero se puede hablar de un espacio de permisibilidad encubierta. Nosotros defendemos; que ante los vacios legales; las circunstancias determinadas en las que se dan las incautaciones; la fuerte protección de la defensa de derechos personales y la intimidad; el hecho de ser consumidores, son -oportunidades- generadoras de protección personal ante esa situación, que por interpretación inversa puede considerarse como una legalización encubierta, aunque no de plenas garantías de protección como desearíamos. Porque ante una situación presumiblemente así, no se utilizan tantos medios para controlarlo y restringirlo -helicópteros como comentas-, en otros sitios los policías suben a terrazas altas para ver si hay cultivos en los demás edificios, contra eso sólo queda intentar ser discreto.

Es sabida la existencia de determinados supuestos en los que el cultivo de cannabis está permitido, aún con rigurosos controles -ejemplo el cultivo para fines terapéutico-. Pero no podemos afirmar tajantemente como comentas que tu cultivo de exterior, de 10 platas este exento de la reprochabilidad, pero si podemos afirmarte que conforme a nuestra experiencia profesional frente a los juzgados gran parte de ese tipo de casos, bajo las circunstancias del autoconsumo,-incluso con más plantas de esas 10- han acabado archivados o con sentencias absolutorias.

En cuanto al sello de que eres consumidor, eso no te da una situación de legalidad, son indicios para influir en la apenalidad del hecho, da indicios al juez de que eres consumidor para el futuro enjuiciamiento, y algún policía sensato puede entenderlo así. En cuanto al hecho de ser consumidor, mucho mejor si tienes alguna documentación médica acreditativa de que eres consumidor. Existe una Ley de 1967 de la Agencia Española del medicamento explicando los casos autorizados de posesión de sustancias estupefacientes, pero a fecha de hoy no se ha dado ninguna autorización explícita, ni a nivel terapeútico. Una pena pero algún día se conseguirá.

Un saludo.

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